LEY
N.° 4557
Buenos
Aires, 23 de mayo de 2013
La
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona
con fuerza de Ley
Artículo
1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 26.819
mediante la cual se declara al 21 de septiembre de cada año como "Día Internacional
de la Paz", sancionada el 28 de noviembre de 2012 y publicada en el Boletín
Oficial N° 32.555 el 4 de enero de 2013.
Art
2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos
Aires, 1 de agosto de 2013
En
virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma
de
Buenos Aires, certifico que la Ley N° 4.557 (Expediente Electrónico N°
2.123.817/DGALE/13),
sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 23 de mayo de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el día
17 de junio de 2013.
Dése
al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bue o Aires, por
intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su
cocimiento y demás efectos,remítase a la Secretaría General. Cumplido,
archívese. Clusellas